Bienvenido a tu Garantía Llantas

GARANTÍA LLANTAS “COOPERATIVA PABLO MUÑOZ VEGA”

I. GLOSARIO DE TÉRMINOS

BENEFICIARIO/AFILIADO: Persona natural y su correspondiente residencia permanente que tiene derecho al servicio de GARANTÍA.

GARANTÍ: La Empresa que prestará todos los servicios de garantía y centro de atención telefónica descritos en las presentes condiciones.

CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA: Espacio físico equipado con infraestructura humana y tecnológica propia de GARANTÍ que brinda las facilidades necesarias para que el AFILIADO se contacte para obtener los diversos servicios contemplados en este documento.

SERVICIOS: Los servicios de garantía contemplados en el programa descrito en el presente documento.

PRESTADOR (RED DE PRESTADORES): Es la persona natural o jurídica y demás equipo profesional, subcontratado por GARANTÍ, calificado para prestar servicios de garantía al AFILIADO, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el presente documento.

FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual, los servicios de garantía que ofrece GARANTÍ estarán a disposición de sus AFILIADOS. Esto es 24 horas después de la contratación del servicio.

PERIODO DE VIGENCIA: Periodo durante el cual el AFILIADO tiene derecho a obtener los beneficios de garantía, comprende la vigencia del crédito hasta la cancelación por cualquier motivo.

PAÍS DE RESIDENCIA: Para fines de este documento, la República del Ecuador.

EVENTO: Cada suceso que devenga en la necesidad de la prestación de un servicio de garantía y por el cual un técnico certificado de GARANTÍ se presente ante un AFILIADO para proceder a la prestación de los servicios de garantía solicitados.

REPOSICIÓN DEL BIEN: En caso de que la llanta sea declarada irreparable por el servicio técnico o por daño total, GARANTÍ procederá al cambio del producto o bono por otro artículo igual o equivalente al momento de la compra, tomando en cuenta la usabilidad y remanente de la llanta.

II. SERVICIOS Y TERRITORIALIDAD:

SERVICIOS: Los servicios detallados a continuación se prestarán a beneficio del AFILIADO de acuerdo a lo establecido en el presente documento. Si los servicios excedieran el límite del monto máximo, entonces GARANTÍ deberá, antes de dar el servicio, comunicárselo al AFILIADO e indicar el costo no cubierto, a fin de que este lo autorice y lo pague de sus propios recursos en forma inmediata y directamente al PRESTADOR del servicio.

TERRITORIALIDAD: Los servicios que a continuación se describen se prestarán única y exclusivamente en las ciudades principales dentro del territorio ecuatoriano, con las limitaciones que en este documento se establecen, siempre y cuando exista la infraestructura pública o privada para la prestación del servicio.

III. GARANTÍA LLANTAS PABLO MUÑOZ VEGA

La cobertura y monto máximo de eventos de los servicios ofrecidos en este servicio y descritos a continuación se detalla en el siguiente cuadro. Los servicios serán prestados de acuerdo con lo descrito a continuación:

GARANTÍA LLANTAS: Como consecuencia de un daño causado por impactos en la banda de rodamientos, pinchaduras no reparables o cortes laterales no imputables al cliente que inutilicen el neumático, cubiertos bajo la presente garantía, el AFILIADO deberá comunicarse con GARANTÍ, a quien reportará y acreditará con evidencia dentro de las 72 horas contadas a partir de que se hace visible el daño reportado. GARANTÍ entregará un producto equivalente o un bono en base al porcentaje de uso proporcional al desgaste de la misma al momento en que el AFILIADO reporte el daño. GARANTÍ podrá enviar un técnico idóneo que realizará la revisión de dicha llanta. En esta revisión, el técnico, en conjunto con GARANTÍ, determinarán si se procede con el arreglo o sustitución de la llanta en cuestión. Esta cobertura se prestará hasta USD $500,00 como límite único combinado (LUC) y, como prueba documental, se le solicitará la factura del bien.

GRÚA EN CASO DE EMERGENCIA: En caso de avería, accidente y robo de la llanta de emergencia que no permita la circulación autónoma del vehículo, GARANTÍ coordinará los servicios de remolque hasta el taller mecánico más cercano. Se excluyen dobles traslados, vehículos con carga y/o heridos. También se excluye cualquier maniobra con el propósito de sacar un vehículo atascado de huecos o barrancos. Adicionalmente, se deja constancia de que se prestará un solo servicio por evento y en base al cuadro de coberturas.

CAMBIO DE LLANTA, PASO DE CORRIENTE, ENVÍO DE GASOLINA Y CERRAJERÍA VIAL: En caso de averías menores, GARANTÍ podrá enviar un técnico para atender eventualidades de auxilios viales, como cambio de llanta, paso de corriente y cerrajería vial. Se excluye la apertura de maleteros. El envío de gasolina será de hasta 2 galones y el mismo correrá por cuenta del AFILIADO. Adicionalmente, se prestará un solo servicio por evento en base al cuadro de coberturas. Se excluyen vehículos de más de 3,5 toneladas.

IV. EXCLUSIONES GENERALES:

QUEDAN EXCLUIDOS DE LOS SERVICIOS ESTABLECIDOS, LAS RECLAMACIONES O SOLICITUDES DE SERVICIOS POR LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:

  1. Cuando el AFILIADO no sea identificado como tal de GARANTÍ o no se encuentre registrado en la base de datos.

  2. Servicios para terceras personas. El servicio solo cubre al BIEN DEL AFILIADO y su lugar de residencia permanente registrada.

  3. Cuando por orden de autoridad competente se impida la ejecución de los servicios.

  4. La mala fe del AFILIADO, comprobada por el personal de GARANTÍ.

  5. Los servicios que el AFILIADO haya contratado de forma directa sin la coordinación y gestión de GARANTÍ.

  6. Cuando el AFILIADO se niegue a colaborar con el personal designado por GARANTÍ para la prestación de la coordinación de los servicios detallados en el presente documento.

  7. Cuando el AFILIADO no proporcione información veraz y oportuna que, por su naturaleza, no permita atender debidamente el requerimiento.

  8. Cuando el AFILIADO incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en este documento.

  9. Por caso fortuito o fuerza mayor que impida la prestación del servicio.

  10. Daños causados por fenómenos climáticos y catástrofes naturales.

  11. Reparación o reemplazo que no sean comprados por el cliente registrado.

  12. No se cubre cualquier pérdida, robo, hurto y desgaste normal de la llanta del AFILIADO.

  13. Se excluyen daños causados por fallas mecánicas y mal uso por parte del AFILIADO.

  14. Daños del neumático provocados por un inadecuado mantenimiento.

  15. Daños ocurridos por actos de vandalismo, perturbaciones del orden público y guerra.

  16. Cuando el neumático tenga algún defecto de fabricación, se aplicará en primera instancia la garantía directamente con el distribuidor.

  17. Neumáticos reencauchados.

GARANTÍ NO PRESTARÁ LOS SERVICIOS DESCRITOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO: Cuando en el lugar donde sean solicitados dichos servicios no exista la infraestructura pública o privada o las condiciones de seguridad del lugar que impidan llevar a cabo la realización de dicho servicio, con la obligación para GARANTÍ de poner en conocimiento al AFILIADO tales circunstancias.

V. OBLIGACIONES DEL AFILIADO

OBLIGACIONES DEL AFILIADO: Con el fin de que el AFILIADO pueda gozar de los servicios contemplados, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Identificarse como AFILIADO ante los empleados y/o dependientes de GARANTÍ o ante el personal técnico calificado designado para la prestación de los servicios contemplados en el presente documento.

  2. Abstenerse de realizar gastos o arreglos de forma directa, en relación con uno de los servicios descritos en el presente documento, sin haber sido autorizados por GARANTÍ.

  3. Ser suscriptor activo de los servicios y estar al día en los pagos asociados a tal servicio.

V. RESPONSABILIDAD

  1. RESPONSABILIDAD: Los proveedores, técnicos y demás prestadores son profesionales independientes debidamente autorizados y no empleados de GARANTÍ.

  2. GARANTÍ: No será responsable de los retrasos o incumplimientos de sus obligaciones o prestaciones del servicio, siempre que dicho retraso o incumplimiento sea imputable a un tercero independiente de GARANTÍ.

VI. PROCESO DE SOLICITUD DEL SERVICIO

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LOS SERVICIOS: En caso de que un AFILIADO requiera de los servicios contemplados, se procederá de la siguiente forma:

  1. En caso de que un AFILIADO requiera del servicio, podrá solicitarlo a partir de las 24 horas de haber contratado el plan y se comunicará con GARANTÍ al número telefónico 0959940445 para atender las solicitudes de los servicios. La atención al AFILIADO será prestada en días laborales de 10:00 am a 19:30 pm.

  2. El AFILIADO procederá a suministrarle al personal de servicio al AFILIADO de GARANTÍ que atienda la llamada respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como AFILIADO del plan de garantía activo, así como proporcionar toda la información necesaria solicitada por el agente de servicio al AFILIADO, que incluye, pero no se limita a datos personales, descripción del daño, marca, modelo, etc. Adicionalmente, el AFILIADO deberá suministrar los datos y documentos que le sean solicitados.

  3. Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, GARANTÍ coordinará y gestionará para el AFILIADO los servicios solicitados a los cuales tenga derecho, de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente documento.

En caso de que no se cumplan adecuadamente con los requisitos indicados en el presente documento, GARANTÍ no asumirá responsabilidad.

VII. EXCEDENTES:

Cualquier valor que supere los montos establecidos en este condicionado, deberá ser asumido a conformidad y a cuenta del AFILIADO.

VIII. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN:

LEY APLICABLE: La ley aplicable para la prestación del presente servicio es la de la República del Ecuador, y los tribunales competentes para resolver cualquier disputa serán los competentes de acuerdo con las leyes que regulan la materia.

IX. COBERTURA TERRITORIAL Y EXCEPCIONES:

TERRITORIALIDAD: Todos los servicios que se detallan en el presente documento se prestarán a nivel nacional en las ciudades capitales o principales de cada provincia, de acuerdo con la capacidad y disposición del PRESTADOR y/o RED DE PRESTADORES. Se excluye la provincia de Galápagos.